NOTA INFORMATIVA DEL SERVICIO DE RECAUDACIÓN
Desde el Servicio de Recaudación informamos al contribuyente de que no hay que confundir los fraccionamientos de pago con los Planes de Pago Personalizados (PPP).
Los primeros se refieren a deudas pendientes o fraccionamientos de sanciones elevadas, que son los que se han paralizado los meses de abril y mayo, ya que el no hacer frente a una de estas cuotas supondría la anulación del fraccionamiento y como consecuencia el abono íntegro de la deuda en un solo pago.
Respecto de los PPP, se trata de pagos voluntarios de los impuestos que puede que ni siquiera aún estén al cobro, en los que el contribuyente voluntariamente paga a plazos sus impuestos en hasta 10 meses sin intereses. En este sentido, aquellos contribuyentes que quieran continuar con su plan de pago personalizado, lo pueden seguir realizando con normalidad, y para aquellos que no les sea posible, por su situación económica, podrán devolver los recibos, y dichas cuotas se les recalculará en los próximos vencimientos dentro del mismo año.
Sanlúcar de Barrameda, jueves 2 de abril de 2020